Reglamento del Concurso


1) Este Concurso denominado “Blurryface cumple 10 años” (el “Concurso”), es organizado por Warner Music Argentina S.A., empresa con domicilio en El Salvador 5671, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“Warner”).


2) Este Concurso tendrá vigencia entre las 9:00 horas del 13 de mayo de 2025 y las 23:59 horas del 25 de mayo de 2025 (en adelante, la “Vigencia”), y será válido únicamente para personas físicas mayores de dieciocho (18) años de edad y será válido únicamente en Argentina (con excepción de las provincias de Salta, Mendoza, Neuquén y Tierra del Fuego) (en adelante, el “Territorio”). No se aceptarán reclamos por participaciones fuera de la Vigencia, por problemas o imposibilidad de establecer contacto vía Internet, o por cualquier causa o motivo que fuese durante la Vigencia del Concurso.


3) Este Concurso no implica directa o indirectamente la compra y/o contratación de producto y/o servicio alguno, ya que cualquier persona podrá participar libremente dando cumplimiento a los requisitos establecidos en este reglamento.


4) Podrán participar en este Concurso únicamente aquellas personas físicas mayores de dieciocho (18) años de edad residentes dentro del Territorio que durante la Vigencia cumplan con las siguientes condiciones: (a) se registren en el Concurso ingresando su nombre y apellido, Nro. de DNI, código postal y correo electrónico en la página web del Concurso https://www.decimoaniversariodeblurryface.com/; y (b) den cumplimiento a la consigna consistente en responder la pregunta “¿Cuál es el tema que más te gusta de "Blurryface" y por qué?” (la “Consigna”).


5) Finalizada la Vigencia del Concurso, un jurado conformado por tres (3) miembros del departamento de marketing y artística de Warner seleccionará entre aquellas participaciones debidamente registradas en el Concurso que hayan respondido correctamente la Consigna, dos (2) participaciones potencialmente beneficiarias, teniendo en consideración para ello la originalidad y creatividad de la respuesta dada a la Consigna. Adicionalmente, entre aquellas participaciones que hayan respondido correctamente la Consigna, se seleccionarán cinco (5) participaciones potencialmente beneficiarias suplentes, para el eventual caso que alguna participación potencialmente beneficiaria seleccionada en primer término no cumpla o no pueda cumplir con alguno de los requisitos señalados en el presente reglamento. El resultado de la decisión del jurado será dado a conocer a más tardar el día 27 de mayo de 2025 a las 18:00 horas. Las decisiones que tome el jurado tendrán carácter de definitivas e inapelables, no pudiendo el participante apelarla, recurrirla, revindicar, ni solicitar revisión alguna. Es condición para acceder al beneficio en juego en el presente Concurso, que el beneficiario suscriba toda la documentación que sea requerida por Warner en tal sentido.


6) Se entregarán como beneficio del presente Concurso, dos (2) ejemplares en formato vinilo del álbum “Blurryface” del artista “Twenty One Pilots”.


7) Todo impuesto que deba tributarse en forma directa o indirecta sobre el beneficio estará a cargo del beneficiario. A fin de despejar cualquier duda, se reitera que única y exclusivamente estarán a cargo de Warner aquellos beneficios, adicionales, pagos o gestiones que estén expresamente indicados en este reglamento como a cargo de Warner. En ningún supuesto se cambiará total o parcialmente el beneficio por dinero en efectivo. El beneficio es intransferible, y única y exclusivamente será entregado a la persona mayor de edad responsable de la participación en el Concurso. El Organizador no otorga garantía de calidad, satisfacción, ni ninguna otra en relación con los beneficios que se entreguen, debiendo dirigirse cualquier reclamo a los responsables de los mismos. 


8) Dadas las características de la forma de participación, el beneficiario será comunicado a través de las redes sociales de Warner, y asimismo contactado directamente por Warner mediante correo electrónico al informado al momento de registrarse en el Concurso, solicitándole que brinde sus datos personales completos a los efectos de identificación. Con la finalidad de evitar participaciones fraudulentas y para confirmar que el beneficio sea efectivamente entregado a quien corresponda, el beneficiario deberá contestar la notificación efectuada dentro de las veinticuatro (24) horas de recibida, debiendo informar, en ese caso, lo siguiente: Nombre y apellido completo, número de DNI, domicilio completo, y fecha de nacimiento, y adjuntar una copia de su Documento Nacional de Identidad. Si el beneficiario no respondiera la notificación en tiempo y forma (en el plazo señalado y con los datos personales completos) perderá su condición de tal, y Warner lo reemplazará por los suplentes seleccionados de conformidad con lo previsto en el punto 5 de este reglamento. No se aceptará ningún tipo de reclamo como consecuencia de no haber podido responder la notificación y/o por haberlo hecho fuera de término o de manera defectuosa. Los participantes, por el sólo hecho de participar, aceptan estas condiciones que responden únicamente a la naturaleza de la forma de participación en el Concurso. 


9) Sobre la respuesta del participante a la notificación de su condición de potencial beneficiario conforme lo anteriormente indicado, se verificarán sus datos personales y de ser correctos, se le asignará el beneficio. En esa comunicación se le informará la hora y lugar al que deberá concurrir dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a retirar el beneficio. Todos los gastos de transporte, hospedaje, viáticos, etc. en que incurra el potencial beneficiario para concurrir a retirar el beneficio, estarán a su exclusivo cargo. Warner no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir el potencial beneficiario o un tercero en sus personas o bienes con motivo o en ocasión de su participación y/o concurrencia a retirar el beneficio y/o por la utilización del mismo. El beneficio que resultara no asignado o no entregado, quedará en poder de Warner.


10) Dado que en el presente Concurso no interviene el azar ni mecanismo de selección aleatoria de ganadores, no corresponda y resulta imposible establecer probabilidades de obtener uno de los beneficios en juego en este Concurso.


11) Los datos personales de los participantes serán tratados en forma automatizada e incorporados a un archivo o fichero electrónico, para ser utilizados de acuerdo a la legislación vigente y las condiciones aquí informadas. En tal sentido, por el sólo hecho de participar en el Concurso, el participante otorga su consentimiento expreso respecto del uso que se hará de los datos personales. Los datos personales se tratarán y almacenarán a los efectos del Concurso; realización de estadísticas; envío de publicidad a través de cualquier medio, incluyendo correo electrónico y/o telefonía celular; envío de información y noticias al participante de cualquier tipo; envío de información y noticias relacionadas con el artista promocionado en este Concurso y/o con cualquier otro artista; con fines publicitarios y/o de marketing tendientes a mantener actualizado al participante sobre nuevos productos, promociones y/o distintos servicios que Warner ofrezca, directamente o a través de terceros. Es fundamental que el interesado en participar en el Concurso lea y comprenda este reglamento. En caso de incomprensión, dudas o desacuerdo con los mismos, el interesado en participar en el Concurso deberá abstenerse de ello, ya que al ser necesario el ingreso a través de su cuenta de Spotify y/o brindar sus datos personales, el sólo ingreso será interpretado como el otorgamiento del consentimiento libre, expreso e informado del participante respecto del tratamiento de sus datos personales en los términos señalados en el presente. Warner no venderá ni arrendará los datos personales del participante a ningún tercero, sin perjuicio que Warner podrá ceder y/o compartir dichos datos personales con: a) sus agencias de publicidad, y/o de eventos, y/o de promociones; b) con empresas que le provean cualquier tipo de servicios informáticos y/o archivo de información electrónica y/o física; c) con el artista y su management; y d) con cualquier otro tercero, a los fines de realizar las acciones indicadas en los párrafos precedentes. Los participantes podrán requerir que la información de sus datos personales les sea suministrada, rectificada, o removida del archivo de datos electrónicos a su requerimiento. A tales efectos, el interesado deberá contactarse con la dirección de correo electrónico concursoswarner@gmail.com, o bien deberá comunicarlo al domicilio de Warner sito en El Salvador 5671, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, y dentro de los cinco (5) días hábiles de recibida la solicitud, Warner informará, rectificará o removerá los datos personales.


12) Se aclara que será eliminado e inhabilitado para participar por los premios en juego en este Concurso cualquier intento de participación que incluya datos erróneos, inexactos o fraudulentos. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Concurso que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada precedentemente. La utilización de técnicas de participación en el Concurso de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de la participación de que se trate. Warner no será responsable por aquellas participaciones que no se reciban a causa de fallas de transmisión o técnicas de cualquier tipo no imputables a Warner.


13) Warner se reserva el derecho de establecerse y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en este reglamento, reservándose asimismo el derecho de cancelar, suspender o modificar este Concurso por circunstancias no previstas que sean ajenas a su voluntad, siempre que ello sea ajustado a la legislación vigente en la materia y debidamente comunicado a los participantes.


14) La sola participación en el Concurso implica el conocimiento y aceptación de todas sus condiciones y el reconocimiento de que las decisiones que Warner tome con relación al Concurso tendrán carácter de definitivas e inapelables, toda vez que las mismas sean debidamente comunicadas y no resulten abusivas ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los participantes, y respeten la legislación aplicable.


15) Warner únicamente será responsable por las obligaciones que asume expresamente en este reglamento.


16) No podrán participar del Concurso empleados de Warner Music Argentina S.A., ni tampoco los familiares directos hasta segundo grado de afinidad y consanguinidad de todos los nombrados.


17) Toda divergencia que pudiera surgir con relación a este Concurso y a todos los efectos del mismo, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Capital Federal de la República Argentina, renunciando a cualquier otro que les pudiera corresponder.


17) Este reglamento estará disponible para ser leído y consultado durante toda la Vigencia del Concurso, en el sitio https://www.facebook.com/WarnerMusicArgentina/, y asimismo en el sitio donde se desarrolla el Concurso, https://www.decimoaniversariodeblurryface.com/.